No tendrán que acudir
a inscribir al niño en el Registro Civil y se garantizará la confidencialidad,
según las medidas que preparan los ministerios de Sanidad y Justicia
Por diversas razones
personales, más de 200 mujeres al año se ven abocadas en España a dar a
su hijo en adopción nada más nacer. Pero, por si desprenderse de su bebé no
fuera suficientemente doloroso, los trámites burocráticos por los que la actual
normativa las obliga a pasar hacen este trance aún más penoso: la propia madre,
pese a dar a su hijo en adopción, debe inscribirlo en el Registro Civil y dejar
constancia de su domicilio, y después de su asentimiento ante el juez
en 30 días, debe ratificarse en su decisión pasados los seis meses. Para
muchas mujeres, esto acarrea graves problemas en su entorno familiar, ya que se
rompe la confidencialidad.
Los ministerios de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de Justicia, dentro de las reformas
legales en protección de menores que llevan a cabo, preparan un paquete de
medidas para proteger a la mujer y al menor en estos casos en que una mujer
entrega al hijo en adopción en el hospital.
No figurará el
domicilio
La primera es la
reforma de la Ley de Registro Civil para que la madre no esté obligada a
promover la inscripción del hijo dado en adopción, sino que sean
los servicios sociales los que lo hagan. Además, en el Registro no constará el
domicilio, para evitar, entre otras cosas, que, cuando se remita al padrón el
parte estadístico de nacimientos, figure la dirección y se empadrone allí al
niño.
El plazo para el
asentimiento de la madre ante al juez previsto en el Código Civil, ahora de 30
días después del parto, pasará a ser de seis semanas, para cumplir con el
Convenio Europeo de Adopción de 2008.
Asimismo, una reforma
procesal evitará que la madre tenga que renovar el asentimiento, que en la
actualidad tiene que realizar ante el juez a partir de los seis meses. Se busca
así impedir problemas en el entorno familiar cuando en éste no se conoce que la
mujer ha dado al hijo en adopción, así como el daño psicológico de revivir
una situación dramática.
En 2011, último año
del que hay datos disponibles, hubo en España más de 750 adopciones nacionales,
de las cuales un tercio fueron casos de hijos a los que se renuncia en el
hospital.
Una mayor protección a
estas mujeres podría contribuir a evitar abandonos de recién nacidos y
abortos. Junto a las reformas legales, que se prevé que vayan al Consejo de
Ministros en diciembre, se trabajará con las comunidades en un protocolo
socio-sanitario que mejore la información y el apoyo a estas mujeres. Según la
directora general de Familia e Infancia del Ministerio de Sanidad, Salomé
Adroher, «es esencial mejorar la coordinación de los servicios sociales y
sanitarios y, sobre todo, ofrecer a estas mujeres un información
completa y comprensible y un acompañamiento durante todo el proceso».
Reformas legales
Registro Civil La madre que dé a su hijo en adopción no tendrá que inscribirlo en el
Registro y su domicilio no constará.
Asentimiento El asentimiento posterior ante el juez se realizará a
las seis semanas, no a los 30 días, como hasta ahora.
Ratificación Se eliminará la obligación de renovar el asentimiento,
que ahora realizan las madres a partir de los seis meses.
No hay comentarios:
Publicar un comentario